Check-list para comprobar qué debe contener tu contrato de alquiler, no dejes nada al azar. Comprueba esta lista de las 12 principales cláusulas antes de firmar el contrato de arrendamiento de la vivienda.

 

Una vez que hemos hecho lo más difícil como es encontrar la vivienda ideal para vivir (inquilino) o tomar la decisión de poner la casa en alquiler a un desconocido durante meses o años (propietario), debemos dedicarle el tiempo adecuado al contrato de alquiler de esa vivienda.

La experiencia nos dice que no se dedica ni cinco minutos al contrato. Nos cuentan los clientes, arrendadores e inquilinos sin distinción, que se acepta como contrato de arrendamiento el primer documento que nos pone delante la otra parte o la inmobiliaria que ha hecho de intermediaria en la gestión.

Debemos ser conscientes de que ese contrato de alquiler de vivienda que váis a firmar será el documento legal que regirá vuestra vida durante un largo periodo de tiempo, meses o incluso años. El contrato de arrendamiento que se firma tiene que ser el reflejo de lo que arrendador y arrendatario habéis pactado verbalmente al ver el inmueble. ¡No olvidemos nada importante!
 
Tened en cuenta que en él se reflejan vuestros derechos y obligaciones, tanto del propietario como del inquilino, y lo que no aparezca bien explicado luego puede ser una fuente de problemas pues como dice el refrán ¡las palabras se las lleva el viento!
 
Con el fin de ayudaros a comprobar rápidamente lo más importante que debe contener el contrato hemos elaborado esta breve Guía de lo que se debe revisar o checkear antes de firmar un contrato de alquiler de un piso.

Pero antes de las palabras las imágenes, os dejamos un video resumen del artículo a modo de esquema de lo que explicamos en palabras. 

 

Como habéis visto en vuestro contrato de arrendamiento de vivienda hay que fijarse en:

 

CHECK-LIST del contrato de alquiler de vivienda habitual

1. La vivienda

Comprueba que está descrita correctamente. Debe de incorporarse la dirección completa, complementarla con la referencia catastral o datos del registro de la propiedad.
 
Además, si en el arrendamiento se incluye una plaza de garaje o trastero será necesario que lo preciséis, con su número o identificación correspondiente.
 
No olvides, en el caso de alquilar una vivienda amueblada, el detalle de los muebles y electrodomésticos. De esa manera evitarás discrepancias al finalizar el contrato ¡pues todos los contratos se acaban, ninguno dura toda la vida!


2. La renta o mensualidad

La mensualidad que se paga por el alquiler de una casa conviene recogerla de dos maneras, como dinero mensual y como el total anual, siempre en euros, de esa manera no habrá dudas de cuánto se tiene que pagar.
 
Fija la fecha de pago en el contrato de alquiler. Es habitual que se exprese con un rango de fechas, por ejemplo, “del 1 al 5 de cada mes” pero como todo lo anterior se puede pactar.
 
Igual de importante de cuánto pagar es dónde o cómo. Nuestro consejo es que utilices la transferencia bancaria. Con la transferencia dejas el rastro del pago, el propietario evita tener que hacer el recibo o justificante de pago cada mes y enviarlo o llevarlo al arrendatario como le exige la Ley de Arrendamientos Urbanos.
 
Si eliges este medio de pago te recordamos dos cosas:
- que las cuentas bancarias en España tienen 20 dígitos, son suficientes aunque ahora ya se puede reflejar el IBAN, entonces serán 24 dígitos que empezarán por ES..
- comprueba que el titular de la cuenta es el arrendador. Es conveniente que para la firma del contrato el propietario demuestre que él es titular de la cuenta del pago de la renta (por ejemplo: libreta de ahorro, extracto de cuenta…)


3. Los datos personales

Completad todos los datos de arrendador e inquilino, si existen varios arrendatarios o propietarios se debe de incluir los de datos de todos ellos.
 
Por cierto, no te olvides de verificar que en el contrato de alquiler aparecen los números de teléfono y las direcciones de correo electrónico de contacto de todos vosotros (así te será más fácil utilizar OKIDOC si en el futuro tienes algo que decir sobre el cumplimiento del arrendamiento). 
 

4. La duración

La duración del contrato de arrendamiento es muy importante, tanto que la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que si no decís nada arrendador y arrendatario se entiende que es un año. No parece lógico que os dejéis en blanco la duración, poned atención.

Recuerda que el inquilino, en el caso de alquiler de vivienda permanente o habitual, tiene derecho de prórroga del contrato de arrendamiento hasta 3 años.

Para el arrendatario es un derecho y para el propietario una obligación.

 

5. Los gastos de la casa

¡Atención, atención! Los suministros habituales (agua, luz, gas…) serán de cuenta del inquilino, salvo pacto en contrario. Haced el esfuerzo de leer los contadores al empezar y al terminar el contrato, os recomendamos una foto de cada uno por si el futuro trae nubarrones en la relación arrendador-inquilino.

En cuanto a la comunidad de propietarios (ordinaria) y la tasa de basura, lo habitual es que sea el arrendatario quien los asuma. Sea como fuere exigid justificación documental.


En ningún caso corresponde al inquilino pagar ninguna derrama de la comunidad de propietarios (extraordinaria), atañe al propietario para la conservación de su vivienda.
 
El IBI, impuesto de bienes inmuebles suele ser cuenta del propietario.  


En este punto todo es negociable entre ambas partes del contrato de alquiler, con el contrato de okidoc sólo tienes que marcar quién paga cada gasto, sencillo, rápido y legal.  

 

6. ¿Se permiten obras en la vivienda?

Casi la totalidad de los contratos de alquiler dirán que NO en este apartado. Comprobadlo.

Si como inquilino tuvieras pensado hacer alguna, coméntalo con el propietario porque hay tres soluciones:
 

  • cambiar el NO por un SÍ en el formulario del contrato que te ofrecemos en Okidoc
  • eliminar esa cláusula en el documento
  • dar un consentimiento expreso en el contrato de alquiler para esa obra que tenéis negociada verbalmente en las visitas a la vivienda que se han realizado previamente antes de la firma del contrato.
     

7.  Animales

Si el inquilino tiene mascotas como perros, gastos o similares conviene que lo diga antes de firmar y reviséis el contrato para ver que no te lo prohíben.


El incumplimiento de este punto para insignificante pero pudiera ser motivo de conflicto con el arrendador, incluso llegando a pedir la resolución del contrato de arrendamiento.

Si no se dice nada en el contrato se entiende que nada te impide al arrendatario tener un perro o un gato, compruébalo.

 

8.  Negocios

Recuerda que estás alquilando una vivienda habitual o permanente y no un despacho o local comercial.

Así que sucede como en casos los anteriores, la práctica habitual es prohibir pero todo es negociable. No es lo mismo que seas un autónomo del diseño digital que trabajas sólo en casa con tu ordenador a que tu ocupación sea la de fisioterapia con un continuo entre y salir de personas, ruidos, ascensor, etc..
 
Si tu vida laboral y profesional se va a desarrollar en la casa debes comentarlo con el propietario y que nada impida la tranquilidad de un contrato bien hecho. Con un simple check en el formulario del contrato de Okidoc se permite o se prohíbe tener un negocio en la vivienda.

 

9. Certificado energético de la vivienda

Las viviendas que se alquilan por un periodo superior a 4 meses deben tener un certificado energético, se podría sancionar al propietario pues está obligado a hacerlo.

Lo aconsejable es hacer una copia de la etiqueta de la calificación energética de la casa y dejarla en el contrato con el resto de los documentos anexos (dni, inventario, etc…)


10.   Fianza

La fianza en el alquiler de la vivienda habitual o permanente es de 1 mes y no más aunque así se pretenda en algunos modelos de contrato que no se ajustan a la Ley de Arrendamientos Urbanos.

La fianza es obligatoria, y la debes entregar en efectivo. Luego el propietario del inmueble seguirá las obligaciones impuestas por su Comunidad Autónoma respecto al ingreso de la fianza.  

Al terminar el contrato de alquiler el arrendadro tiene la obligación de devolverla en su totalidad si la casa no ha sufrido desperfectos que no sean los corrientes por el transcurso del tiempo y el uso habitual de la vivienda.
 
No queremos anticiparnos pero la fianza suele ser un motivo de fricción al acabar todos los contratos de arrendamiento. Si fuera así utiliza nuestro OKIDOC para reclamar la devolución de fianza.

 
11.    Derecho de tanteo y retracto

El propietario siempre puede vender la casa, en cualquier momento, con el contrato de alquiler en vigor.

Si el arrendador decide poner en venta el inmueble que tiene alquilado está obligado a comunicárselo y decirle el precio por el que lo ha puesto en venta por si queire adquirirlo. Esto se conoce como el derecho de tanteo del inquilino


El derecho de tanteo es renunciable por parte del inquilino. De hecho, en nuestro contrato de alquiler os preguntamos si se tiene derecho o no, scon un sencillo SI/NO tienes tu contrato adpatado a la legalidad.

 

Si renuncias a este derecho, estarás renunciando a que te informe previamente de que va a vender la vivienda y cuál es el precio por el que va a escriturar la misma. Si no has renunciado tú tienes derecho a comprarla por ese precio. Salvo que creas que es la casa de tu vida te recomendamos no emplear mucha energía en la negociación de esa cláusula y reservar tus fuerzas para las anteriores.


12.   Firmar

Ahora sólo falta el último detalle, la FIRMA.

El contrato debéis firmarlo todos los arrendadores e inquilinos en todas las páginas si habéis optado por el sistema tradicional del papel, también los anexos (inventario, certificado energético, etc).

Existe la alternativa del contrato con okidoc que se firma online, en tu ordenador o móvil, con firma electrónica avanzada y sellado del tiempo que certifica que ese contrato se ha firmado y ya nadie puede manipular el documento. 

 

Finalmente, recordarte que la Ley de Arrendamientos Urbanos permite que inquilino y arrendador pactéis libremente casi todo lo que queráis en el contrato de alquiler de vivienda habitual. Nosotros hemos tratado de ayudarte indicando lo mínimo que debes revisar que existe en el contrato y que se ajusta a lo pactado entre ambas partes.

 

Mucha suerte y que tengáis un Alquiler con Final Feliz. 



 

Okidoc cuenta con gran experiencia en la realización de contratos de alquiler digitales así como en comunicaciones entre inquilinos y propietarios.