Preguntas y respuestas que te ayudarán

Suspender alquiler - COVID19

¿Se puede SUSPENDER el pago del alquiler?

, se puede suspender el pago del alquiler de la vivienda.

En el artículo 26 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (L.A.U.) se contempla esta posibilidad para el inquilino. La LAU preve la contempla la suspensión del contrato de alquiler para el caso de obras de conservación o adecuación de la vivienda, y produce 2 efectos:

  • paralización del plazo del plazo del contrato
  • suspensión de la obligación de pago de la renta 

¿Cuándo y cómo debo comunciar la suspensión del alquiler de la casa?

La comunicación de la suspensión del alquiler, para que produzca sus efectos, debe habcerse lo antes posible al arrendador.

¿Cómo? De manera fehaciente, con nuestro correo electrónico certificado, te aseguras que se lo has notifcado, lo ha recibido y tiene el contenido de la comunicación certificado por lo que no puede iniciar ninguna acción judicial de desahucio por falta de pago de la renta.

 

¿Puedo dejar de pagar el alquiler por el coronavirus (Covid19)?

En principio NO puedes dejar de pagar el alquiler.

El Real Decreto 8/2020 de 17 de marzo no contempla moratoria o medidas económicas en relación al alquiler de vivienda para particulares. 

 

Dicho lo anterior, y antes la excepcionalidad de la situación, puede ser que como consecuencia del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma en España te veas afectado en tus ingresos de manera considerable, al no poder ir a trabajar o ser incluido en un ERTE (Expediente Regulación Temporal de Empleo).

En ese caso y si crees que vas a tener problemas para pagar la renta y lo pudieras acreditar lo mejor sería comunicarle al propietario que vas a suspender el pago de la renta desde el mes de abril y mientras dure el estado de alarma en el país. Recordándole que retomarás los pagos en cuanto la situación se normalice como venías haciendo antes de la declaración del Gobierno.  

 

Lo más importante es que inquilino y casero tratéis de llegar a un acuerdo amistoso y se evite acudir a los juzgados, para ello os facilitamos nuestro okidoc que recoge la comunicación fehaciente que le puedes hacer al casero para avisarle de la inmediata suspensión del pago del alquiler de la vivienda.

 

Okidoc cuenta con gran experiencia en la realización de contratos de alquiler digitales así como en comunicaciones entre inquilinos y propietarios.