Resolución del contrato de arrendamiento por el propietario y el inquilino. Motivos para rescindir el alquiler y modelo para hacerlo online con validez legal. Modelo rescision contrato alquiler por necesidad arrendador

 

Los contratos de arrendamiento, como todo en la vida, llegan a un final por diversas razones. Hoy queremos avanzaros las principales causas de la finalización de un contrato de alquiler de vivienda por parte arrendador o del inquilino del inmueble.

La resolución del contrato de arrendamiento por las partes puede ser sencilla y rápida si conoces las diferentes posibilidades para rescindirlo y se puede complicar si inqulino o propietario no están por la labor de poner final al contrato. 

La resolución del contrato de arrendamiento de casa puede venir por 3 vías

 

 

DESISTIMIENTO DEL INQUILINO
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Rescindir contrato de alquiler por mutuo acuerdo

Es la mejor forma de poner fin a un contrato, arrendador e inquilino acuerdan de mutuo acuerdo que deje de existir el alquiler y todos sus derechos y obligaciones.

Para ello, es aconsejable que sigas estas indicaciones para dejarlo todo bien resuelto:

  • Formalizarlo por escrito, se guarda con el contrato original.
  • Ponerle la fecha al documento
  • Debéis firmarlo las dos partes, propietario y arrendatario
  • Haced referencia al estado de los muebles y electrodomésticos, si el alquiler era de vivienda amueblada. El inquilino se asegura que no le reclamarán más adelante por los muebles.
  • Devolución de las llaves y posesión de la vivienda. Recoged expresamente este hecho para evitar deudas de rentas futuras y poder fijar el día de abandono de la vivienda pago de los suministros pendientes.
  • La fianza del alquiler del inmueble debe devolverse en ese instante, si no fuera así reflejad que está pendiente de pago en el documento e indicad cuándo se pagará y a qué cuenta se debe transferir el dinero. Recuerda que la fianza puede destinarse al pago de reparaciones de la casa, conviene que se deje establecido qué ocurre con la fianza.
contrato arrendamiento

 

De manera general y para las siguientes 2 secciones de este artículo es de común aplicación del
artículo 27. 1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) que dice:

El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiera cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil

Lo que viene a decir la LAU es que siempre que se produzca el incumplimiento, por parte del arrendador o inquilino, la parte cumplidora puede optar por exigir el cumplimiento o resolver el contrato.

El propietario quiere rescindir el contrato de alquiler (Necesidad arrendador o incumplimiento)

contrato arrendamiento

El propietario o arrendador tiene derecho a querer rescindir el contrato de arrendamiento de la vivienda, si bien vamos a dividir esta sección del artículo en dos para su explicación:

 

La rescisión del alquiler por incumplimiento del contrato.

Estos casos concretos están enumerados en el artículo 27.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y son:

  • La falta de pago de las rentas o de cualquier otra cantidad
  • La falta de pago de la fianza o su actualización
  • Subarrendamiento o cesión de la vivienda no consentidos. El consentimiento debe ser expreso, previo y por escrito
  • Daños causados a la finca o por obras no autorizadas, que necesitan del consentimiento por escrito del propietario.
  • Actividades nocivas, molestas, peligrosas o ilícitas en la vivienda.
  • Si el inmueble, alquilado para ser destinado a vivienda dejara de serlo.

 

La rescisión del alquiler por necesidad de la vivienda para el arrendador

El propietario, además de los casos anteriores que son un claro incumplimiento del acuerdo inicial de alquiler, puede solicitar la finalización o resolución del arrendamiento si necesita el inmueble para destinarlo a vivienda.

Eso sí tiene que cumplirse unos requisitos para que el arrendador ejercite su derecho a recuperar la casa (art. 9.3 de la LAU):

  • Haber transcurrido un año desde el inicio del contrato
  • Comunicárselo al arrendatario con 2 meses de antelación, y como siempre os aconsejamos la necesidad de hacerlo por escrito para que quede constancia de la notificación.
  • Destinar el inmueble a ser la vivienda propia, o de familiares en primer grado (ej. hijos, cónyuge…)
  • Existe un plazo de 3 meses para la ocupación cierta de la vivienda, caso contrario el inquilino tendrá derecho a volver a la vivienda o recibir una indemnización.

El inquilino quiere rescindir el contrato de alquiler

El inquilino tiene siempre la facultad de resolver el contrato según comentamos unos párrafos más arriba en virtud del artículo 27.1 de la LAU, es decir, por incumplimiento de las obligaciones del contrato de arrendamiento por parte del arrendador.

Además, otros casos de resolución

Por incumplimiento del arrendador.

  • Cuando el propietario no acometa las obras o reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad. Salvo que el problema hubiera sido originado por el arrendatario
  • Si el arrendador perturba el uso de la vivienda al inquilino. Como ya escribimos en otros artículos el propietario no tiene derecho a acceder a la casa salvo que el inquilino le deje, sería una violación de nuestra Constitución (art. 18) y motivo para instar la rescisión del contrato de alquiler.

Por voluntad propia, el DESISTIMIENTO del alquiler

Derecho irrenunciable del inquilino, puede decidir abandonar la vivienda y poner fin al alquiler cumpliendo estos dos sencillos requisitos establecidos en el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos:

  • Cumplir mínimo de 6 meses del contrato de arrendamiento
  • Avisar con 30 días de antelación, como siempre os recomendamos que este aviso se haga por escrito para dejar constancia y sea una notificación fehaciente. Ahora la puedes realizar online en OKIDOC con tan solo el correo electrónico del propietario.

DESISTIMIENTO DEL INQUILINO
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Okidoc cuenta con gran experiencia en la realización de contratos de alquiler digitales así como en comunicaciones entre inquilinos y propietarios.